viernes, 22 de junio de 2012

Capitulo 305: Homenaje a un Párroco, sexta entrega.



Este capitulo del libro le he copiado entero, porque creo que merece la pena ver como tenían amedrantados a todos los habitantes del pueblo por parte del señor párroco, como para no ser todos cristianos, apostólicos y romanos.





HOJA PARROQUIAL (CON CENSURA ECLESIASTICA)                                 
                                                      MARZO, 1925
                                                    LA CUARESMA
La Pascua de Resurrección es la mayor de las solemnidades de la iglesia a la cual sirve de preparación la Cuaresma, periodo de austeridad y mortificación, de intensa instrucción religiosa y de oración y reconciliación con Dios nuestro Señor. Para conseguir estos fines establece la iglesia en este tiempo el ayuno y la abstinencia, la confesión y comunión pascual y la predicación y enseñanza del catecismo al pueblo cristiano. Para muchos, este tiempo pasa casi desapercibido; a lo sumo se enteran de ello por las procesiones y fiestas de Semana Santa; otros, de grado o por fuerza acuden en día establecido por la costumbre del Pueblo a cumplir con la iglesia; y pueden contarse con los dedos los que se preparan según el Espíritu de la iglesia, con la necesaria instrucción religiosa y observancia del ayuno y vigilias.

Todas las noches de cuaresma se explica a los fieles, en la parroquia, aquellos puntos de doctrina cristiana que todos necesitamos saber para recibir con fruto los sacramentos y llevar vida de cristianos, y da pena observar el poco caso que hacen los fieles de esta enseñanza, única que nos ha de servir para la otra vida; excepción hecha de un reducido número de personas que por su piedad e instrucción religiosa sin duda son quienes menos necesitan de aquellas, los demás, ni por curiosidad se dignan a entrar en el templo para aprender y recordar dichas verdades, y mientras las calles y establecimientos públicos se ven concurridas de jóvenes y mozalbetes que pierden el tiempo lastimosamente, los padres y madres de familia para nada se ocupan en interesar a sus hijos la asistencia a la doctrina de Cuaresma.

Resultado de todo ello, es la ignorancia, mayor cada día, de las verdades religiosas en el pueblo. Se lamentan algunas veces las madres de la educación defectuosa y torcida de sus hijos y no advierten que son ellas las más culpables por su falta de autoridad y energía cuando se trata del cumplimiento de sus deberes religiosos. Y es cosa bien averiguada, sin instrucción religiosa bien arraigada no habrá nunca verdadera educación social y cristiana. Desconocido el temor de Dios, el hombre campea libremente, según sus caprichos; ¡Quiera Dios que, aun con él, podamos ir haciendo frente a nuestras pasiones indómitas y desordenadas!

A la Iglesia todas las noches de Cuaresma; si no podéis ir vosotros mandad a vuestros hijos, y si para ello fuera preciso sabed imponerlos vuestra autoridad; en nada mejor podréis ejercitarla que en dirigirlos y encaminarlos hacia ese Dios que os lo ha dado y os lo conserva.
 Aguardar la Cuaresma absteniéndose de diversiones profanas para recibir con fruto los Sacramentos.

                                                          EN EL CATECISMO
En una fonda se reunieron a comer en día de vigilia un sacerdote y un capitán de dragones. El sacerdote pidió pescados ¿Por qué no coméis carnes?, interrogó el militar, no es tan buena la carne los viernes como los demás días? Y por qué lleváis vos el uniforme en días de campaña?, preguntó a su vez el sacerdote? Porque así lo exige la Ordenanza. Pues porque así lo manda la iglesia como yo de viernes. Sí, pero es que eso resulta muy pesado. Quizás, pero también resulta pesado el casco que os hacen llevar para resguardaros de los golpes. Y como los cristianos estamos siempre en servicio y en campaña, de ahí que la iglesia, para defendernos de los golpes de la carne y de las pasiones, nos manda ejercitarnos con esa pequeña mortificación del ayuno y abstinencia.

                                                                CONSULTAS
Dice mi padre que no cumple con la iglesia porque no roba ni mata ni hace daño alguno.
Pues aunque no robe ni mate está obligado al cumplimiento. Los mandamientos de la Ley de Dios no se reducen solo a prohibir el robo y el homicidio; son diez, no dos, y además, los de la iglesia y después las obligaciones propias del estado, que uno tiene; que repase su memoria y vea si sabe rezar y reza alguna vez; si ha blasfemado, si santifica el día de fiesta, si cumple bien sus obligaciones de padre, esposo, amo, criado u obrero; si no falta a la modestia, ni a la templanza; si es sincero y caritativo, si perdona las ofensas, si se vale de trampas o engaños en sus negocios, si oye misa, si aborrece la murmuración, la calumnia, etcétera, etcétera, y después que repase todo esto, vea que le dice su conciencia.

Un criado a quien sus amos dan comida de carne en dia de abstinencia, ¿Qué debe hacer?
En ese caso quien quebranta el precepto es el amo; el criado debe procurar servir en familias que observen los preceptos cristianos, siempre que le sea posible hacerlo.

¿Están obligados los niños a la abstinencia?
Están obligados desde que cumplen los siete años, al ayuno, desde los veintiuno a los sesenta.

¿Y los débiles de estomago, están obligados al ayuno?
Están exceptuados los enfermos, los convalecientes, los que tienen trabajos fuertes, y como regla general todos aquellos a quienes se siga algún grave perjuicio por ayunar, o se inutilicen para el cumplimiento de otros deberes mas graves.
En los casos dudosos siempre debe consultarse con el confesor para tranquilidad de conciencia.

                                         CUMPLIMIENTO PASCUAL
Canon 9, de la sesión 13 del concilio de Trento.
“Si alguno negare que todos y cada uno de los fieles cristianos de uno y otro sexo, llegados a los años de la discreción, están obligados todos los años a comulgar a lo menos por Pascua, según el precepto de la Santa Madre Iglesia, sea excomulgado”

Canon 859 del nuevo Código de la iglesia.
“Todos los fieles de uno y otro sexo, llegados a la edad de la discreción, esto es, al uso de razón, deben, por lo menos en la Pascua, recibir una vez al año el Sacramento de la Eucaristía.
S.S. el papa Pio X declaró en 7 de agosto de 1910, que la edad de la discreción es en general alrededor de los siete años. Se ha de aconsejar a los fieles, dice el Código, que satisfagan con este precepto en su propia parroquia; los que cumplieren en otra, procuren presentar a su párroco testimonio cierto del cumplimiento.

El tiempo hábil para el cumplimiento pascual en esta Diócesis se cuenta desde el miércoles de ceniza hasta la Dominica de la Santísima Trinidad (7 de Junio) B.O. de la Diócesis, 5 de febrero.
El proceso Pascual urge si pasado el tiempo prescrito no se hubiera cumplido por cualquier causa.
Y el canon 860 del Código. La obligación del precepto de recibir la comunión los niños recae también y de un modo especial en todos los que deben tener cuidado de ellos, esto es, en los padres, tutores, confesor, maestros y Párroco.
Y el 861. No satisface al precepto de recibir la comunión por la comunión sacrílega.

                                                  INDICE RELIGIOSO
                                                   Mes de Marzo
Días de precepto; 1, 8, 15, 19, 22, 29.
Misas rezadas a las siete y ocho; parroquial a las 10. Catecismo, a las 11. Ejercicios del Apostolado e Hijas de María, a las 3.
El 6, ejercicio del primer viernes, en el colegio, a las cinco, y los sábados, salve cantada.
Días de ayuno y abstinencia; 6, 13, 20, 27. Días de ayuno solo; 4, 7, 11, 14, 18, 21, 25, 28.
Día 11. Empieza la novena de San José. Día 19, fiesta solemne con procesión y sermón a cargo del señor cura párroco; cantaran la misa los coros del catecismo y se invita al pueblo a tomar parte en el canto, cada uno desde su sitio. Día 26 empieza la novena de Dolores. Día 25, fiesta de la Sagrada Familia con procesión, sermón y consagración de las familias. La misa cantada como el 19.
Estos dos días son muy buenos para cumplir con la iglesia.
El día 8, 2º domingo de mes, cumplirá con la iglesia la Congregación de Hijas de  María y el día 25, el Apostolado de la Oración. La misma comunión de los siete domingos, o de cualquiera otra devoción, sirve para el cumplimiento, pero deben pasar a dar su nombre en la matrícula.
También pueden los fieles hacer el cumplimiento en la capilla del Colegio, dando su nombre en la sacristía.
Todas las tardes de Cuaresma, después del santo Rosario, explicación de Doctrina; los viernes, vía crucis y miserere. El cumplimiento empieza el miércoles de ceniza y todos los días estará abierta la iglesia al Ave María, para oír confesiones. Además se confesara los sábados por la tarde en el colegio y las vísperas de días festivos, por la noche, en la parroquia, pero solo a los hombres. Desde el primer día deben empezar los fieles el cumplimiento, no dejándolo para última hora.

                                                    PAN DE LOS POBRES
DISTRIBUCION:
A Isabel Moreno, 5 litros de leche, 2`50.
A Nicomedes Delgado, 5 litros de leche, 2`50.
A Francisco Hueso, 2 litros y 2 panes, 1`90.
A Presentación Fernández, 2 litros y 2 panes, 1`90.
A Lucia Bermejo, 4 litros y 2 pesetas.
A Inocencia Bravo, 4 panes, 1`80.
A Magdalena Pablos, 2 panes, 0`90.
Total: 13`50.

                                                  ESTADISTICA PARROQUIAL
                                                          Mes de Febrero
Bautismos:
Manuel Moreno Sánchez
Julio Muñoz Sánchez
Luis Álvarez Díaz
Francisca Sánchez Fernández
Juan José Pablos Fernández
Saturnina Álvarez Fernández
Nicolás Saturnino Melo García
Manuela Martínez Muñoz
José Pablos Gutiérrez
José Faustino Blázquez Martin
Julio Mateos Muñoz
Manuel Díaz Bravo
Paulina Pascual Andrade.
Defunciones:
Manuel Fernández Díaz, de 81 años.
Misa Funeral:
María Rodríguez Sánchez, cabo de año, día 23, oficio de Ánimas. 24, oficio de Ánimas.

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